Cómo se calcula la indemnización por despido
En España la indemnización por despido depende de la causa del despido y de dos datos de tu contrato: cuánto tiempo has trabajado en la empresa y cuánto cobrabas. La calculadora de arriba aplica la fórmula legal, pero conviene entender de dónde sale cada número para poder comprobarlo con tu carta de despido o tu nómina.
Los dos ingredientes: antigüedad y salario diario
La antigüedad se cuenta desde el primer día de contrato hasta el día del despido, ambos incluidos. Los periodos inferiores a un año se prorratean por meses, de modo que 3 años y 6 meses cuentan como 3,5 años. En esta calculadora los días sueltos se prorratean sobre 30 por mes.
El salario diario es el salario bruto anual dividido entre 365. Es importante que ese salario anual incluya las pagas extraordinarias y los conceptos de naturaleza salarial que cobres con regularidad (plus de antigüedad, complementos de puesto, comisiones habituales). Los conceptos extrasalariales, como el plus de transporte o las dietas, no suelen entrar. Si en el último año tu salario cambió, lo que importa es el que cobrabas en el momento del despido.
Días de indemnización según el tipo de despido
| Situación | Días por año trabajado | Tope máximo |
|---|---|---|
| Despido improcedente (contrato desde el 12/02/2012) | 33 | 24 mensualidades (720 días) |
| Despido improcedente (periodo anterior al 12/02/2012) | 45 | Se suma al periodo posterior; máximo 42 mensualidades si ese tramo ya supera 720 días |
| Despido objetivo procedente (causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) | 20 | 12 mensualidades (360 días) |
| Despido disciplinario declarado procedente | 0 | No hay indemnización |
| Fin de contrato temporal | 12 | — |
Un despido es improcedente cuando la empresa no logra demostrar la causa que alega o no cumple los requisitos de forma exigidos. En ese caso la empresa puede elegir entre readmitirte o pagarte la indemnización. Un despido es nulo en supuestos más graves, como los que vulneran derechos fundamentales, y entonces lo que procede es la readmisión.
Ejemplo resuelto
Imagina una persona que trabaja desde el 1 de marzo de 2020 hasta el 28 de febrero de 2025 con un salario bruto de 24.000 € al año. Su antigüedad es de exactamente 5 años.
- Salario diario: 24.000 ÷ 365 = 65,75 €.
- Despido improcedente: 33 días × 5 años = 165 días. 165 × 65,75 € = 10.849,32 €.
- Despido objetivo: 20 días × 5 años = 100 días. 100 × 65,75 € = 6.575,34 €.
Como puedes ver, la causa del despido cambia la cantidad en más de 4.000 € para el mismo trabajador, por eso es tan importante saber cómo lo califica la carta que recibes.
Qué no incluye esta indemnización
La indemnización por despido es independiente del finiquito. El finiquito recoge lo que la empresa te debe por el trabajo ya realizado: salario del último mes, parte proporcional de las pagas extra y vacaciones devengadas y no disfrutadas. Puedes estimar esta última parte con nuestra calculadora de vacaciones no disfrutadas. Tampoco incluye la prestación por desempleo, que se solicita aparte al SEPE y depende de tus cotizaciones.
Impuestos sobre la indemnización
La Ley del IRPF declara exenta la indemnización por despido o cese hasta la cuantía obligatoria que fija el Estatuto de los Trabajadores, con un límite de 180.000 €. Si la empresa te paga más de lo que marca la ley, el exceso sí tributa como rendimiento del trabajo. Esta calculadora muestra importes brutos y no hace estimaciones fiscales, que dependen de tu situación personal.
Plazos que debes conocer
Para reclamar contra el despido dispones de 20 días hábiles desde el día siguiente al despido. Antes de ir al juzgado es obligatorio intentar la conciliación; presentar la papeleta suspende el plazo. Es un plazo de caducidad: si lo dejas pasar, pierdes la posibilidad de reclamar. Un abogado laboralista, un sindicato o el servicio de mediación de tu comunidad autónoma pueden orientarte sin coste en muchos casos.
Preguntas frecuentes
¿La empresa puede pagarme menos de lo que sale aquí?
No si el despido es improcedente o la extinción es objetiva: la ley fija un mínimo. Lo que sí puede ocurrir es que tu convenio o un acuerdo mejoren esa cantidad. Si te ofrecen menos, tienes derecho a reclamar la diferencia dentro de plazo.
¿Cuenta el periodo de prueba o los contratos temporales anteriores?
Si encadenaste contratos con la misma empresa sin una interrupción relevante, la antigüedad suele computarse desde el primero. Si tienes dudas sobre ese cómputo, conviene consultarlo con un profesional, porque cambia directamente el resultado.
¿Y si me despiden durante una baja médica o un embarazo?
Hay protecciones reforzadas y el despido puede ser declarado nulo. Esta calculadora no valora esos supuestos; en esos casos es especialmente recomendable asesorarse antes de firmar nada.
¿Debo firmar el finiquito?
Firmar puede interpretarse como conformidad. Si no estás de acuerdo con las cantidades, puedes firmar poniendo «no conforme» y reclamar después. Un asesor laboral te dirá cómo hacerlo en tu caso concreto.
Fuentes oficiales
- Estatuto de los Trabajadores (texto refundido, Real Decreto Legislativo 2/2015): artículos 49, 52, 53, 56 y 59, y disposición transitoria undécima.
- Ley 35/2006 del IRPF: artículo 7.e, exención de las indemnizaciones por despido.
Contenido revisado en octubre de 2026. La normativa laboral puede cambiar; verifica siempre en el BOE. Más detalles sobre nuestros cálculos en cómo calculamos.